Implantación de canales de denuncia: obligaciones y plazos según la ley

19 de diciembre de 2023 por
Implantación de canales de denuncia: obligaciones y plazos según la ley
PROCESS CONTROL, S.C.C.L., Marketing


Desde la aprobación de la Directiva para la Transparencia en 2018, las empresas se enfrentan a nuevas obligaciones, especialmente aquellas con plantillas superiores a 50 personas. La reciente entrada en vigor de la Ley 2/2023, coloquialmente conocida como Ley de Protección de los Informantes, ha traído nuevas obligaciones a muchas empresas. Entre otros aspectos, destaca la obligatoriedad del llamado canal de denuncias.  Es esencial entender cómo estas regulaciones afectan tanto al sector público como al privado.


En este artículo, exploraremos los detalles de esta normativa, sus implicaciones para el sector público y privado, así como los plazos que las compañías deben cumplir para evitar sanciones. 


Aprende las novedades más importantes que trae a tu negocio la ley de protección de los informantes relacionadas con el canal de denuncias.


Canales de denuncia, ¿en qué consisten?


Los canales de denuncia buscan proteger a quienes informan sobre sobre casos de corrupción, fraude o violaciones de las leyes en los países de la UE, estableciendo medidas para garantizar la confidencialidad y prevenir represalias. Este segmento detalla la importancia de estos canales, los niveles de protección que ofrecen y cómo contribuyen a la detección de incumplimientos de la ley.


Los canales de denuncia protegen a todas aquellas personas que alertan sobre: infracciones penales y administrativas graves o muy graves, e infracciones del derecho de la Unión Europea y que afecten a los intereses financieros de la UE.


Como crear un canal de denuncias en la empresa


El órgano de administración de tu empresa deberá nombrar un responsable del sistema interno de información. Éste será el encargado de recibir las informaciones, o tendrá facultades para encargárselo a un tercero ajeno a la empresa. Un canal de denuncias deberá disponer de uno o varios canales internos con ciertas características:


  • El canal interno deberá permitir comunicaciones tanto orales (conversaciones telefónicas o mensajes de voz) como escritas (correo postal o un medio electrónico) de forma anónima. Y mediante cita presencial si el informante lo desea.
  • Las comunicaciones verbales pueden documentarse mediante grabación o transcripción completa y exacta de la conversación. En ese caso, el informante podrá comprobar, rectificar y aceptar mediante su firma la transcripción de la conversación.
  • Se deberá indicar al informante que sus datos serán tratados conforme a la normativa vigente. 
  • El informante podrá indicar un domicilio, correo electrónico o lugar seguro a efectos de recibir las notificaciones.


Empresas sujetas a la obligación


La Ley obliga a todas las empresas con más de 50 personas en su plantilla y a las entidades del Sector Público a implementar canales de denuncias confidenciales y seguros. Las compañías obligadas a crear estos canales de denuncia son:


  • Personas físicas o jurídicas con empresas de 50 o más personas empleadas. 
  • Empresas del sector financiero o personas jurídicas que, aunque no tengan domicilio en España, desarrollen actividades mediante sucursales o agentes sin domicilio permanente. 
  • Partidos políticos, sindicatos, patronales o fundaciones creadas por los mismos que reciban fondos públicos. 
  • Grupos de sociedades.

Además de implementar el canal de denuncias, las empresas obligadas tendrán que nombrar una persona física responsable del sistema que sea independiente y autónoma.


Plazos y riesgo de sanciones


Se establecieron dos plazos diferenciados para crear los canales de denuncia. La primera fecha límite, el 13 de junio de 2023, se aplicó a:


  • Empresas de más de 249 personas en plantilla. 
  • Entidades del sector público, salvo los municipios de menos de 10.000 habitantes. 
  • Entidades jurídicas del sector privado de 250 o más trabajadores. 
  • Partidos políticos sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones creadas por unos y otros, siempre que reciban o gestionen fondos públicos.


Desde la publicación de la Ley para crear canales de denuncia hasta el 1 de diciembre de 2023 deberían hacerlos efectivos:


  • Compañías de entre 50 y 249 personas empleadas.
  • Municipios de menos de 10.000 habitantes.

La fecha límite terminó el 1 de diciembre de 2023, e Inspección comenzará a multar en un mes a los pequeños negocios que no tengan canal de denuncias


En definitiva, las empresas están en pleno proceso de adaptación a las nuevas obligaciones de la Ley de Protección del Informante. La implementación de canales de denuncia no solo es una exigencia legal, sino una medida esencial para fomentar la transparencia y la ética en el ámbito empresarial. Aquellos que no hayan cumplido con las fechas límite establecidas deben tomar medidas inmediatas para evitar sanciones por parte de la Inspección.








Implantación de canales de denuncia: obligaciones y plazos según la ley
PROCESS CONTROL, S.C.C.L., Marketing 19 de diciembre de 2023
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